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	<title>Andres Felipe Barrera C.</title>
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	<description>Espacio de opinion con aportes sobre la politica, economia, literatura y el derecho de actualidad.</description>
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		<title>Andres Felipe Barrera C.</title>
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		<title>VOTA POR ANDRES F. BARRERA. REPRESENTANTE CEU DERECHO 2011 &#8211; 2012</title>
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		<pubDate>Tue, 22 Feb 2011 19:24:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Andres Felipe Barrera Carrillo</dc:creator>
				<category><![CDATA[NOTICIAS]]></category>
		<category><![CDATA[POLITICA]]></category>

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		<description><![CDATA[Con el apoyo de: andresbarrera.wordpress.com PAGINA OFICIAL: http://vote4barrera2011.webs.com/ !ENTRA YA! -  FOTOS DE LA CAMPANA &#8211; PROPUESTAS 1.  NO MAS ROBOS EN LA BIBLIOTECA . Aumentar la SEGURIDAD en la Biblioteca Satelite de Derecho. 2.  Que se de prioridad a los alumnos inscritos en Derecho al momento de incribir materias que son propias de la [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=81&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align:center;"><span style="color:#ff0000;"><strong><em>Con el apoyo de: </em><span style="text-decoration:underline;"><em>andresbarrera.wordpress.com</em></span></strong></span></p>
<p style="text-align:left;"><span style="color:#ff9900;font-size:26px;font-weight:bold;"><strong><span style="text-decoration:underline;"><em>PAGINA OFICIAL:</em></span></strong></span></p>
<h1 style="text-align:left;"><strong><span style="text-decoration:underline;"><em> </em></span><a href="http://vote4barrera2011.webs.com/"><span style="color:#000000;">http://vote4barrera2011.webs.com/</span></a><span style="color:#ff6600;"><em> !ENTRA YA!</em></span></strong></h1>
<h3 style="text-align:center;"><span style="color:#000000;"><strong>-  FOTOS DE LA CAMPANA &#8211; </strong></span></h3>
<p style="text-align:center;"><strong>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/fotos-candidato-cabeza/' title='ANDRES FELIPE BARRERA'><img data-attachment-id='83' data-orig-size='349,267' data-liked='0'width="150" height="114" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/fotos-candidato-cabeza.jpg?w=150&#038;h=114" class="attachment-thumbnail" alt="Vota por Barrera al Consejo CEU 2011 - 2012 por derecho." title="ANDRES FELIPE BARRERA" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/logo-barrera-castro/' title='LOGO BARRERA &amp; CASTRO'><img data-attachment-id='82' data-orig-size='2167,2105' data-liked='0'width="150" height="145" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/logo-barrera-castro.jpg?w=150&#038;h=145" class="attachment-thumbnail" alt="LOGO BARRERA &amp; CASTRO" title="LOGO BARRERA &amp; CASTRO" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/logo-pagina-facebook/' title='logo pagina facebook'><img data-attachment-id='99' data-orig-size='1041,986' data-liked='0'width="150" height="142" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/logo-pagina-facebook.jpg?w=150&#038;h=142" class="attachment-thumbnail" alt="logo pagina facebook" title="logo pagina facebook" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/_mg_6458/' title='_MG_6458'><img data-attachment-id='97' data-orig-size='4272,2848' data-liked='0'width="150" height="100" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/mg_6458.jpg?w=150&#038;h=100" class="attachment-thumbnail" alt="_MG_6458" title="_MG_6458" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/_mg_6392/' title='_MG_6392'><img data-attachment-id='98' data-orig-size='4272,2848' data-liked='0'width="150" height="100" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/mg_6392.jpg?w=150&#038;h=100" class="attachment-thumbnail" alt="_MG_6392" title="_MG_6392" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/_mg_6495/' title='_MG_6495'><img data-attachment-id='96' data-orig-size='2848,4272' data-liked='0'width="100" height="150" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/mg_6495.jpg?w=100&#038;h=150" class="attachment-thumbnail" alt="_MG_6495" title="_MG_6495" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/_mg_6377/' title='_MG_6377'><img data-attachment-id='95' data-orig-size='4272,2848' data-liked='0'width="150" height="100" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/mg_6377.jpg?w=150&#038;h=100" class="attachment-thumbnail" alt="_MG_6377" title="_MG_6377" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/img_6457/' title='IMG_6457'><img data-attachment-id='94' data-orig-size='4272,2848' data-liked='0'width="150" height="100" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/img_6457.jpg?w=150&#038;h=100" class="attachment-thumbnail" alt="IMG_6457" title="IMG_6457" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/_mg_6467/' title='_MG_6467'><img data-attachment-id='93' data-orig-size='4272,2848' data-liked='0'width="150" height="100" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/mg_6467.jpg?w=150&#038;h=100" class="attachment-thumbnail" alt="_MG_6467" title="_MG_6467" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/img_6456/' title='IMG_6456'><img data-attachment-id='92' data-orig-size='2848,4272' data-liked='0'width="100" height="150" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/img_6456.jpg?w=100&#038;h=150" class="attachment-thumbnail" alt="IMG_6456" title="IMG_6456" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/_mg_6493/' title='_MG_6493'><img data-attachment-id='91' data-orig-size='4272,2848' data-liked='0'width="150" height="100" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/mg_6493.jpg?w=150&#038;h=100" class="attachment-thumbnail" alt="_MG_6493" title="_MG_6493" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/_mg_6473/' title='_MG_6473'><img data-attachment-id='90' data-orig-size='4272,2848' data-liked='0'width="150" height="100" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/mg_6473.jpg?w=150&#038;h=100" class="attachment-thumbnail" alt="_MG_6473" title="_MG_6473" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/fotos-candidato-cabeza-2/' title='FOTOS CANDIDATO CABEZA'><img data-attachment-id='84' data-orig-size='349,267' data-liked='0'width="150" height="114" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/fotos-candidato-cabeza1.jpg?w=150&#038;h=114" class="attachment-thumbnail" alt="FOTOS CANDIDATO CABEZA" title="FOTOS CANDIDATO CABEZA" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/_mg_6468/' title='_MG_6468'><img data-attachment-id='89' data-orig-size='4272,2848' data-liked='0'width="150" height="100" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/mg_6468.jpg?w=150&#038;h=100" class="attachment-thumbnail" alt="_MG_6468" title="_MG_6468" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/_mg_6391/' title='_MG_6391'><img data-attachment-id='88' data-orig-size='4272,2848' data-liked='0'width="150" height="100" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/mg_6391.jpg?w=150&#038;h=100" class="attachment-thumbnail" alt="_MG_6391" title="_MG_6391" /></a>
<a href='http://andresbarrera.wordpress.com/2011/02/22/barreraceu2011/_mg_6465/' title='_MG_6465'><img data-attachment-id='87' data-orig-size='4272,2848' data-liked='0'width="150" height="100" src="http://andresbarrera.files.wordpress.com/2011/02/mg_6465.jpg?w=150&#038;h=100" class="attachment-thumbnail" alt="_MG_6465" title="_MG_6465" /></a>
</p>
<p></strong></p>
<h1 style="text-align:center;"><span style="color:#ff9900;"><strong>PROPUESTAS </strong></span></h1>
<p><strong><span style="font-size:small;">1.  NO MAS ROBOS EN LA BIBLIOTECA . Aumentar la SEGURIDAD en la Biblioteca Satelite de Derecho.</span></strong></p>
<p><strong><span style="font-size:small;">2.  Que se de prioridad a los alumnos inscritos en Derecho al momento de incribir materias que son propias de la carrera.</span></strong></p>
<p><strong><span style="font-size:small;">3. No mas atrasos en materias OBLIGATORIAS del Pensum académico, que se SOLUCIONE esto a todos los estudiantes.</span></strong></p>
<p><strong><span style="font-size:small;">4. Que SE CUMPLA el Articulo 91 del &#8221;Reglamento General de Estudiantes de Pregrado&#8221; de la Universidad:</span></strong></p>
<p><strong>5. Que los Estudiantes de Derecho sean MAS visibles dentro de las decisiones de inversión en infraestructura. </strong></p>
<p><strong>6. Que los concursos en donde los estudiantes representan a la universidad y a la facultad sean patrocinados por estas.</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align:center;">Mas informacion (COMPLETA) en: <a href="http://vote4barrera2011.webs.com/">http://vote4barrera2011.webs.com/</a> ENTRA YA !</p>
<p style="text-align:center;"><span style="font-weight:800;"><em><br />
</em></span></p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/andresbarrera.wordpress.com/81/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/andresbarrera.wordpress.com/81/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/andresbarrera.wordpress.com/81/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/andresbarrera.wordpress.com/81/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/andresbarrera.wordpress.com/81/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/andresbarrera.wordpress.com/81/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/andresbarrera.wordpress.com/81/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/andresbarrera.wordpress.com/81/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/andresbarrera.wordpress.com/81/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/andresbarrera.wordpress.com/81/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/andresbarrera.wordpress.com/81/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/andresbarrera.wordpress.com/81/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/andresbarrera.wordpress.com/81/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/andresbarrera.wordpress.com/81/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=81&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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	</item>
		<item>
		<title>Las notarias en Colombia y sus distintos usuarios.</title>
		<link>http://andresbarrera.wordpress.com/2011/01/03/las-notarias-en-colombia-y-sus-distintos-usuarios/</link>
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		<pubDate>Mon, 03 Jan 2011 03:33:12 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Andres Felipe Barrera Carrillo</dc:creator>
				<category><![CDATA[JUSTICIA]]></category>
		<category><![CDATA[LEGISLACION]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Notarias]]></category>
		<category><![CDATA[Notarias]]></category>
		<category><![CDATA[Notario]]></category>
		<category><![CDATA[Pluralismo Juridico]]></category>
		<category><![CDATA[Requisitos para ser notario]]></category>

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		<description><![CDATA[Paralelo al sistema de los organismos contenciosos que tiene el Estado para la resolución de conflictos y de aquellos organismos puramente administrativos, están las notarías como un medio para generar efectos jurídicos en las relaciones entre particulares, que dependiendo del contexto socio-económico[1] en que se ubiquen se desarrollaran con ciertas actividades específicas de acuerdo a [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=76&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Paralelo al sistema de los organismos contenciosos que tiene el Estado para la resolución de conflictos y de aquellos organismos puramente administrativos, están las notarías como un medio para generar efectos jurídicos en las relaciones entre particulares, que dependiendo del contexto socio-económico<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftn1">[1]</a> en que se ubiquen se desarrollaran con ciertas actividades específicas de acuerdo a los usuarios que acuden a las mismas.</p>
<p>Teniendo en cuenta lo anterior en el presente ensayo, se busca hacer un análisis comparativo entre los usuarios y procesos que manejan dos notarias ubicadas en la ciudad de Bogotá, las cuales presentan contextos completamente diferentes, estando localizadas, una en el barrio Santa Bárbara Occidental; norte de la ciudad y la otra en el centro de la Capital.</p>
<p>Este proyecto está basado según un marco histórico, teórico y legal previo. De la misma manera se buscó apoyo conceptual para el desarrollo de dicho análisis en las lecturas de Cesar Rodríguez<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftn2">[2]</a> y Marc Galanter. Es preciso aclarar que la importancia del estudio realizado por Cesar Rodríguez  sobre la justicia civil y la de familia, radica en que este fue la influencia principal para iniciar nuestra investigación teniéndolo como guía para escoger el mismo objeto de estudio pero en un campo diferente; las notarías.</p>
<p>Iniciando con el marco histórico del notariado, es imprescindible resaltar que en Colombia el desarrollo del régimen notarial se remonta a la imposición por parte  de los españoles de  toda su legislación, que será complementada con “las normas y prácticas sobre la enajenación de oficios que en América se hizo más crítica al amparo de las difíciles comunicaciones”<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftn3">[3]</a>. Bajo esta legislación existían diversos tipos de escribanos, sin embargo el que nos ocupa respecto a los antecedentes del  notario actual, es aquel que se encontraba en las escribanías públicas cuyos funcionarios tenían la facultad de actuar a petición de los interesados.</p>
<p>El régimen notarial producto de la legislación española se mantuvo aún en los principios de la república, no será sino hasta 1852 que el país cambiaría profundamente y esto se vería evidenciado con la expedición de la Ley  2159, la cual  regulaba de manera sistemática y ordenada el notariado en el país; esta ley estaba compuesta por ocho títulos que versan sobre i) funciones, ii) requisitos, iii) instrumentos públicos, y iv) sobre los archivos.  Será esta ley la que serviría  como directriz para futuras regulaciones de la misma naturaleza, como lo es el Código Civil de 1873 y posteriormente el Código Civil de 1887.</p>
<p>En el siglo XX el régimen notarial sufrió muy pocas modificaciones entre las que sobresalen el Decreto Ley 3346 de 1959 por el cual se creó la Superintendencia de Notariado y Registro; la Ley 8 de 1969 en la que se le concede al “Presidente facultades extraordinarias para reformar los sistemas de notariado y registro”<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftn4">[4]</a> y aún más el Decreto Ley 960 de 1970, que es el actual Estatuto Notarial sólo modificado por la Ley 29 de 1973 junto con el decreto reglamentario 2148 de 1983  y primordialmente la constitución de 1991 en sus artículos 131 y 210.</p>
<p>Retornando a un plano más actual, en los últimos 10 años, al igual que durante el siglo pasado sólo han ocurrido dos cambios que son mejor descritos como adiciones al régimen notarial, la Ley 588 de 2000  que sujetó a los notarios al Código Disciplinario Único antecedido por la Ley 200 de 1995,  y  la Ley 734 de 2002 que estableció el Régimen Especial Disciplinario de los Notarios.</p>
<p>A continuación se explicaran  las funciones que cumplen las notarías, de las cuales existen cuatro teorías:</p>
<ul>
<li><strong>Jurisdicción voluntaria:</strong> “función administrativa y no judicial”<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftn5">[5]</a>, siendo esto así,  en los trámites notariales no existe contienda jurídica entre las personas y se realizan trámites que anteriormente eran únicos de los Juzgados Civiles aplicando una justicia preventiva.</li>
<li><strong>Fe pública:</strong> se basa en la confianza que se le tiene al notario y por lo mismo en la vinculación y la certeza de la existencia de los actos que se realizan en su presencia.</li>
<li><strong>Legitimación:</strong> permite la justificación de todos los derechos privados y garantiza la certeza y publicación de los actos que se hacen por este medio.</li>
<li><strong>Forma:</strong> busca dar fuerza probatoria a los negocios jurídicos, de carácter escrito e intervenido por un funcionario público.</li>
</ul>
<p>En el sistema notarial colombiano existe una aceptación de las cuatro teorías pues los notarios cumplen con todas estas funciones en especial tras la reforma de descongestión de justicia, donde funciones de los juzgados<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftn6">[6]</a> pasaron a jurisdicción de las notarías bajo la jurisdicción voluntaria.</p>
<p>Referente a los notarios estos deben cumplir con los requisitos estipulados por la ley:</p>
<p>a) Ser nacional colombiano,</p>
<p>b) Ciudadano en ejercicio,</p>
<p>c) Persona de excelente reputación,</p>
<p>d) Tener más de treinta (30) años de edad.</p>
<p>Los requisitos anteriormente mencionados se aplican en general a todas las notarías, sin embargo dependiendo de la categoría notarial existen otros; las notarías de las que se ocupa este trabajo son las de primera categoría que a su vez exigen estos otros requisitos:</p>
<p>“1) Ser abogado titulado y haber ejercido el cargo de notario o el de registrador de instrumentos públicos por un término no menor de cuatro años, o la judicatura o el profesorado universitario en derecho, siquiera por seis años, o la profesión por diez años a los menos.</p>
<p>2) No siendo abogado, haber desempeñado con eficiencia el cargo de notario o el de registrador en un círculo de dicha categoría, por tiempo no menor de ocho años, o en uno de inferior categoría siquiera por doce años”<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftn7">[7]</a>.</p>
<p>De igual forma es relevante tener en cuenta que los notarios adquieren el cargo por medio de concurso y su puesto es vitalicio hasta la edad de retiro forzoso a los 65 años, sin embargo no es sino hasta la designación o la confirmación y la posesión que su nombramiento tiene pleno efecto.</p>
<p>El objeto de estudio del presente trabajo fueron las notarías tercera (3) y quinta (5) de la cuidad de Bogotá,  las cuales serán tratadas a continuación a partir de las observaciones hechas en el trabajo de campo.</p>
<p>La notaria tercera de Bogotá está ubicada en la calle 13 # 8ª- 34, en el centro de la ciudad. En ésta se entrevistó a la asesora jurídica de la misma, quien brindo información fundamental para esta investigación.</p>
<p>La notaria está constituida por cuatro secciones: registro civil, declaraciones extra juicio, escrituración y autenticación. Los trámites más frecuentes que se llevan a cabo dentro de ésta son las compraventas, las autenticaciones y las declaraciones extra juicio. Este fenómeno se da, por la población que acude a la notaria tercera; personas de clase media-baja y baja, en su mayoría comerciantes y  trabajadores de los sectores cercanos, como San Victorino o San Andresito. Aunque esta no es el único sector poblacional que acude a esta notaria, pues también se llevan a cabo escrituraciones y compra ventas de negocios con grandes capitales, si es la más frecuente. En esta notaria no se hace distinción entre clases sociales, a todo el mundo se le atiende de la misma manera, pues lo único que le compete a la notaria es prestar un servicio eficaz, perfecto, con un amplio control de calidad. Las personas que llegan a ésta, generalmente tienen cierta predisposición conflictiva. Los usuarios se quejan principalmente por los costos de los servicios, sin tener en cuenta que los precios para todas las notarías están estandarizados  por la resolución número 10301/2009 de la Superintendencia, dichos costos son incrementados cada año según el IPC (Índice del Precio al Consumidor). Otro motivo de inconformidad por parte de los usuarios radica en el tiempo que se demoran las notarías para lograr la entrega de los documentos, sin considerar cuales son los plazos que tienen éstas para hacer las respectivas entregas. Por ejemplo, en la notaria tercera, los usuarios presentan un número considerable de quejas sobre las supervivencias, debido a que siempre se presentan largas filas, alegando los usuarios que el mal servicios que estos perciben se da a consecuencia de que éstas son gratuitas, pero el problema en si radica en la demanda, la cual es muy alta para el número de funcionarios disponibles, que al no ser pocos, si son insuficientes. En los demás tramites, la notaria resulta ser bastante eficaz, pues la demora no sobrepasa las veinticuatro horas para llevar a cabo los procedimientos, e igual, la gente presenta inconformismos debido a la demora en el servicio, cuando lo notaria realmente tiene hasta ocho días de plazo para entregar los documentos.</p>
<p>En la notaria quinta (5) ubicada en la  carrera 15a No.120-63, los usuarios  pertenecen a un contexto sociocultural propio de los estratos más altos de la ciudad, que acuden a esta notaria por su cercanía a edificios de oficinas de personas reconocidas y en general por su cercanía al Centro Comercial Unicentro, sin embargo existen ciertas excepciones, particularmente en lo referente a los trámites que involucran los Registros Civiles de nacimiento,  debido a la anterior ubicación de la notaría localizada en el centro de la ciudad.</p>
<p>Este contexto en el que se desenvuelven los usuarios salta a simple vista por sus actitudes, forma de hablar, e incluso su forma de vestir. Un ejemplo de lo anterior es la señora María Elvira González, una abogada cuya oficina está localizada justo al frente del centro comercial y que acude a esta notaria a realizar presentaciones personales propias de su oficio o autenticaciones. Otro ejemplo de lo anteriormente expuesto, es el señor Mauricio Torres quien acudió para un prueba de supervivencia, servicio con el que quedó completamente satisfecho debido a la rapidez del proceso y a la amabilidad del trato, es importante recalcar que se afirma que en las notarías el trato debe ser igual para todos aquellos que acudan a las mismas, sin embargo en esta notaria se nota una preferencia por el perfil del usuario antes descrito, esto se evidencio durante la visita a dicha notaria, al momento en que llegó una mujer, que a simple vista responde al perfil de persona de de bajos recursos, a solicitar una corrección en el Registro civil de una familiar procedente de una notaría de Fontibon en la cual le habían comunicado que no podían ayudarla antes del 12 de Enero, ante lo cual el asesor jurídico de la notaría cercana a Unicentro con el que puedo lograr un dialogo para resolver su situación, tomo una actitud muy displicente hacia la mujer, dejando en entre dicho ese trato igualitario que debe preponderar en las notarias.</p>
<p>Como todas las notarías, ésta tiene cuatro áreas, la de Registro, Autenticaciones, Escrituración, y Declaraciones extra juicio, los usuarios que acuden a ésta lo hacen principalmente para realizar trámites referentes a escrituras públicas, autenticaciones y supervivencias, es importante resaltar que  éste último es diferente a los que se realizan normalmente en cualquier otra notaría, pues cuenta con un novedoso sistema electrónico que permite agilizar el trámite de horas a unos pocos  minutos y sin que el usuario deba asumir los costos de las copias de su cédula que le son solicitadas en otras; los trámites menos frecuentes son las declaraciones extra juicio.</p>
<p>De lo anterior podemos deducir que aunque las notarías en teoría deberían ser iguales, no sólo en sus funciones, sino también en la prestación de sus servicios y en el trato a los usuarios, esto es muy relativo. Teniendo en cuenta, que el notario es un particular que provee servicios públicos y que todo lo que hay al interior de la notaría es propiedad del mismo, la calidad de éstos varía dependiendo de la locación de dicha notaria y de la clase de usuarios que acuden a la misma. Por ejemplo, como se evidenció en la descripción de cada notaría, mientras que en la quinta (5) se contaba con un sistema bastante rápido, computarizado, que automáticamente guarda al usuario registrado, lo que evita los largos papeleos para la expedición de supervivencias, el sistema de la notaria tercera (3) resulta bastante tradicional, pues solo cuentan con tres funcionarios, que exigen las fotocopias de los documentos, las cuales deben ser pagadas por los usuarios, para cada solicitud y el tramite es más demorado, no solo por las filas, sino también por el tiempo que requiere la firma de los documentos entre otros.</p>
<p>Dado que la notaria tercera está ubicada en un sector más popular de la ciudad, la cantidad de personas que se dirigen a esta es mayor que el numero que acude a la notaria quinta ubicada en el norte de la ciudad, lo que influye en la congestión que se presenta en cada una. Esto se evidencia en procedimientos que diariamente se desarrollan en estas, como lo son las supervivencias y las autenticaciones, donde el servicio en esta notaría resulta más lento, sin embargo el problema no radica en la organización de la notaria, sino en el hecho que es la única en la zona, a diferencia de la notaria quinta que está rodeada y reparte la demanda con otras.</p>
<p>Referente al trato hacia los usuarios estas notarias presentan  un contraste significativo, pues mientras en la tercera se evidencia el respeto por el principio que enuncia que todos los usuarios deben ser tratados de la misma manera sin tener en cuenta su origen o la magnitud de la causa que los llevaba a acudir a la notaria, en la notaría quinta si se evidencia la discriminación por parte de los funcionarios hacia un miembro “extra-comunitario” presentado en el ejemplo dado en la descripción anterior sobre la mujer de Fontibon.</p>
<p>En el retributivismo, que se fundamenta en el mantenimiento del principio de proporcionalidad, en donde todos los individuos deben ser juzgados de la misma forma, sin distinción alguna de clase, raza, educación u otro factor que pueda generar algún tipo de diferenciación entre una persona y otra, el modelo de justicia penal debe aplicar para el caso del régimen notarial, en la medida en que dentro de estas  todos los usuarios deben ser tratados de la misma forma, sin importar el monto de su trámite, como fue expresado por los entrevistados, “Al usuario se le trata igual ya sea con una escritura de un peso, como al que viene con una escritura de mil millones de pesos ($ 1.000.000.000)”, pues la condición social y económica no es un factor valido que determine un trato preferencial, sin embargo, esto  no es completamente cierto, pues en la notaria tercera se manifestó que en la eventualidad de recibir un usuario con un negocio de grandes proporciones, un funcionario de la notaria se dirigiría a la oficina del cliente para llevar a cabo los trámites requeridos, aunque los funcionarios dentro de la notaría, particularmente los asesores jurídicos, afirman que todas las notarias son iguales y ninguna ofrece un beneficio extra, la realidad es otra. En estas si influyen factores económicos y sociales al momento de recibir estos beneficios.</p>
<p>Es importante resaltar que la justicia social a la que se refiere esta autor si bien se relaciona en la realidad de que no todos los miembros de la comunidad se encuentran en las mismas condiciones socio-económicas, esta no depende del notario pues este se limita a cumplir lo contemplado por la ley existiendo un margen de independencia en la medida en que le es permitido organizar la notaria de la manera que consideren pertinente.</p>
<p>Ahora bien, adentrándonos en el apoyo conceptual que brindan las lecturas vistas en clase y en especial aquella de Cesar Rodríguez, “Justicia civil y de familia”, que trata tanto a los usuarios de la justicia en Colombia y sus ventajas en el sistema, como la forma en que los fallos frente a los casos varían dependiendo de los mismos. En este lectura, Cesar Rodríguez, basándose en Marc Gallanter, diferencia dos tipos de usuarios; el demandante frecuente y el demandante ocasional; sobre esto afirma que el demandante frecuente tiene una serie de ventajas sobre el ocasional, pues este cuenta con acceso a mayores recursos, tiene un mejor conocimiento de los jueces y de los procesos, lo que hace que pueda concebir mejores estrategias que en alguna medida le proporcionan cierto grado de confianza en un análisis de costo- beneficio, donde sus posibilidades de ganar los procesos judiciales son prácticamente totales. En la justicia colombiana, la mayoría de los procesos existentes son procesos ejecutivos, particularmente de deudas contraídas por personas naturales para con personas jurídicas, en estos, los costos de los procesos no son representativos para las personas jurídicas, pues al ser grandes compañías o bancos, tienen un personal altamente capacitado jurídicamente y presupuesto previamente destinado para los mismos. Estos abogados, tienen relaciones informales con empleados del Estado, como jueces, secretarias, entre otros, lo que permite una inclinación favorable para la parte que defienden.</p>
<p>Por otro lado, se encuentran los demandantes ocasionales, cuyas condiciones son completamente opuestas, debido a que para ellos estos procesos si generan gastos no previstos y tienen pocas posibilidades de éxito con las demandas, por lo tanto, son muy pocos los que deciden llevar a cabo un proceso de este tipo, ya que no cuentan con los recursos necesarios y se puede terminar convirtiendo en un problema mayor, porque el riesgo es muy inmediato.</p>
<p>Lo anterior se relaciona con el estudio realizado en las notarias, en la medida de que se puede hacer una analogía en donde el demandante frecuente es el usuario de clase alta y el demandante ocasional es al usuario de clase baja; esto ya que el usuario de clase alta tiene más posibilidades de obtener un mejor servicio y en algunas ocasiones hasta ciertos beneficios, contrario al usuario de clase baja, el cual, no solo es privado de ciertas gracias mas allá de las funciones básicas que le debe ofrecer la notaria, sino que también, en muchas ocasiones, los costos de los tramites, resultan demasiado elevados en proporción con sus recursos, y lo que puede costear.</p>
<p>Al igual que en el sistema judicial, dentro del régimen notarial existen los dos tipos de usuarios, los frecuentes y los ocasionales, los primeros son aquellos que acuden con regularidad a este medio pues manejan un alto volumen de negocios jurídicos y por los mismo generan vínculos informales<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftn8">[8]</a> con aquellos que laboran dentro de la notaria, de forma que adquieren ciertos beneficios y reciben determinados “favores” por la relación adquirida. Por otro lado tenemos a los  usuarios ocasionales que no  cuentan con los mismos beneficios por la falta de familiaridad producto de acudir a estas instancias de manera muy esporádica por lo que carecen de la experiencia y conocimientos del funcionamiento de la notaría.</p>
<p>Nosotros como grupo académico de investigación, hemos determinado que la conexión entre la realidad y el estudio planteado por Cesar Rodríguez en las lecturas vistas y analizadas en clase con lo que hemos percibido en las notarías que visitamos en la ciudad de Bogotá es evidente. Resulta un tanto irreal pretender creer que en las notarias, así como en los procesos judiciales y en la relación con los jueces, no existen individuos que por su condición socio-cultural y principalmente socio-económica reciben un tratamiento preferencial, que difiere con el principio de igualdad y equidad para todos. Es importante determinar que aunque distantes una de la otra y prestadoras del servicio a dos tipos de estratos económicos diferentes, las notarías que fueron parte de nuestro estudio presentaros similitudes en el trato y en la complacencia a distintos grupos aislados de usuarios, que tal cual como lo explicamos en la contextualización del  trabajo, representan lo que para Cesar Rodríguez son los demandantes frecuentes y los demandantes ocasionales.</p>
<p>Al terminar este trabajo, nos dimos cuenta que en realidad así como el sistema judicial presenta un sinfín de discriminaciones y preferencias tal cual como lo ejemplifica Cesar Rodríguez en sus lecturas cuando discrimina a los usuarios frecuentes y ocasionales, el sistema de notarias en Colombia, así como otros regímenes burocráticos amparados por el estado, carecen de una legitimidad que proteja a aquellos usuarios desprotegidos y sus derechos, al colocar el propio sistema o sus agentes, por encima de individuos desprotegidos o de una clase social ‘‘inferior’’ a personas que por sus estatus económico reciben mejores tratos y  preferencias al momento de percibir los beneficios y procedimientos que emanan del sistema como tal.</p>
<p>En conclusión es de suma importancia que se trabaje en la perfección de los principios en torno al respeto y protección efectiva de los derechos de los ciudadanos. Estos deben ser el principal motor para las acciones de los funcionarios tanto públicos como no públicos, ya que independientemente el Notario no sea un funcionario público, si no un particular que desempeña funciones públicas, como tal debe tener presente que así como se le da por parte del estado dicha responsabilidad y beneficio, en contribución debe presentar un comportamiento que para la sociedad sea percibido como imparcial e igualitario. Así mismo y como reflexión luego de haber analizado la información que recudamos en esta investigación, nos parece pertinente que para disminuir la desigualdad en las Notarías, basándonos en la muestra que tomamos tanto en el Norte como en el Centro de la ciudad de Bogotá, se deberían aumentas los controles a los notarios y a su vez implementar un sistema de rotación en las locaciones de los notarios, esto con miras a que en el futuro estos no sean personas naturales, si no que por el contrario mantengan su propia responsabilidad pero que como agentes del estado puedan responder no independientemente al manejo particular de cada notaria, si no que entre todas cada una presente los mismos beneficios y ventajas, beneficios que en la actualidad se presentan en su mayoría en aquellas que se localizan en sectores donde el estrato es superior a el cuarto. Las notarías como entidades prestadoras de servicios públicos deberían ser iguales entre si y no dar facilidades a un grupo de individuos sobre otros.</p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftnref1">[1]</a> Entiéndase por contexto socioeconómico el entorno en el que se desarrollan las relaciones de los individuos de acuerdo a la propiedad y a las fuentes de ingreso.</p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftnref2">[2]</a> Cesar Rodríguez,  Profesor Asociado y Director del Programa de Justicia Global y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes.</p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftnref3">[3]</a> Cubides Romero, Manuel, <em>Derecho Notarial Colombiano. </em>Universidad Externado de Colombia, 2da edición. Bogotá. <em> </em>p74</p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftnref4">[4]</a> Pieschacon, Hermann. <em>Elementos para un estudio acerca de la responsabilidad notarial”.</em> Bogotá, 1986,  Presentada en la Pontificia Universidad Javeriana, para la obtención del título de Abogado.</p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftnref5">[5]</a> Elejalde, Ramón. <em>Derecho Notarial y Registral</em>. Medellín, Biblioteca Jurídica Diké, 1992</p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftnref6">[6]</a> Decreto 902 de 1988. Por el cual se autoriza la liquidación de herencia y sociedades conyugales vinculadas a ellas ante notario público y se dictan otras disposiciones. Esta transición de jurisdicción está sometida a la condición que sea de común acuerdo entre los interesados de lo contrario será obligatorio acudir a tribunal contencioso.</p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftnref7">[7]</a> Articulo153 del Decreto ley 960 de 1970.</p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/SOCIOLOGIA%20JURIDICA/ENSAYO%20FINAL.docx#_ftnref8">[8]</a> Entiéndase por vínculos informales, toda relación que se crea por el constante trato entre los usuarios frecuentes y los funcionarios de las notarias, beneficiando principalmente a aquellos.</p>
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<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/andresbarrera.wordpress.com/76/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/andresbarrera.wordpress.com/76/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/andresbarrera.wordpress.com/76/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/andresbarrera.wordpress.com/76/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/andresbarrera.wordpress.com/76/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/andresbarrera.wordpress.com/76/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/andresbarrera.wordpress.com/76/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/andresbarrera.wordpress.com/76/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/andresbarrera.wordpress.com/76/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/andresbarrera.wordpress.com/76/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/andresbarrera.wordpress.com/76/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/andresbarrera.wordpress.com/76/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/andresbarrera.wordpress.com/76/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/andresbarrera.wordpress.com/76/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=76&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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		<title>Análisis del discurso de Juan Sebastian Pinera (Presidente de La República de Chile)  en 2.002</title>
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		<pubDate>Mon, 03 Jan 2011 02:59:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Andres Felipe Barrera Carrillo</dc:creator>
				<category><![CDATA[HISTORIA]]></category>
		<category><![CDATA[NOTICIAS]]></category>
		<category><![CDATA[POLITICA]]></category>
		<category><![CDATA[Augusto Pinochet]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Sebastian Pinera]]></category>
		<category><![CDATA[Juez Baltazar Garzon]]></category>
		<category><![CDATA[Juicio de Pinochet]]></category>
		<category><![CDATA[Presidente de chile]]></category>

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		<description><![CDATA[Miguel Juan Sebastián Piñera Echenique, es ingeniero comercial de profesión, economista, político, empresario y actual Presidente de la Republica de Chile. Nacido el 1 de Diciembre de 1949, se ha dedicado principalmente al negocio bursátil y a la actividad política. Es dueño de una de las fortunas más grandes de su país, con un capital [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=73&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Miguel Juan Sebastián Piñera Echenique, es ingeniero comercial de profesión, economista, político, empresario y actual Presidente de la Republica de Chile. Nacido el 1 de Diciembre de 1949, se ha dedicado principalmente al negocio bursátil y a la actividad política. Es dueño de una de las fortunas más grandes de su país, con un capital que asciende a los 200.000.000.000 (Doscientos mil millones) de dólares.</p>
<p>En la política se ha desempeñado como:</p>
<p>-          Senador de la Republica (1990-1998)</p>
<p>-          Candidato Presidencial primero en 2005 donde es derrotado por la ex presidenta de Chile Michelle Bachelet.</p>
<p>-          Presidente de la Republica en 2009.</p>
<p>El 11 de Septiembre 1973 de Siendo estudiante de económica en Harvard, en su primer día de clases en el salón del premio nobel en Economía Kenneth Arrow, Sebastián Piñera se entero de lo que sucedía en su país, salió de la universidad llego a su departamento y a través de la televisión fue testigo del Golpe de Estado que propinaba el ejercito al mando de Augusto Pinochet, contra el gobierno de Salvador Allende.</p>
<p>Años después de lo anteriormente relatado, en 1998, el juez español Baltasar Garzón logra a través de una orden de captura, que en Londres el ahora Senador de la Republica de Chile y ex dictador Augusto Pinochet sea detenido.</p>
<p>Después de la detención de Pinochet, el 28 de Octubre de ese mismo año, Sebastián Piñera, ahora ex senador de La Republica por dos periodos consecutivos, hace parte de un acto organizado por el RN (Partido Renovación Nacional) y por el UDI (Partido Unión Demócrata Independiente). En dicho acto se repudiaba la detención del actual senador Pinochet.</p>
<p>Ante no menos de 2.000 personas, Sebastián Piñera, pronuncio un discurso en apoyo al ex presidente y actual senador, rechazando la encarcelación de este, fustigando duramente la jurisdicción internacional en materia de violaciones de los derechos humanos.</p>
<p>En este discurso Piñera expone siguientes puntos (en orden de aparición):</p>
<ol>
<li>Que las condiciones de salud del senador Pinochet son muy delicadas y que todos (el pueblo chileno) conocen esa realidad.</li>
<li>Que en ese preciso momento la familia del senador y él están pasando momentos muy difíciles en Londres y que por lo tanto merecen toda la solidaridad del pueblo chileno.</li>
<li>Que la acción en contra del senador Pinochet constituye un agravio y un atentado a lo más profundo de la soberanía, independencia y dignidad del pueblo Chileno.</li>
<li>Que el juez Garzón debe entender que chile ha sido, es y siempre será un país libre y soberano.</li>
<li>Que no se puede tolerar que un problema de principios permita a otros países entrometerse en los asuntos de chile y juzgar a personas por hechos que sucedieron en suelo chileno, y que son personas que tienen el alto cargo de haber sido Presidentes de la Republica.</li>
<li>Que el no respeto por parte del Gobierno de Inglaterra en torno a la inmunidad diplomática, que por el derecho internacional le correspondía a un senador de la republica en misión especial de nuestro gobierno, constituye un grave atentado a la soberanía y dignidad de Chile.</li>
<li>Que Chile es un país respetuoso del derecho internacional, pero también un país que siempre ha tenido la voluntad la fuerza y el valor para defender la dignidad y la soberanía.</li>
<li>Que sepa el señor Garzón, que hace mas de 188 años,  Chile obtuvo su independencia y que ningún chileno está dispuesto a ser colonia de ningún país del mundo.</li>
</ol>
<p>El discurso termina con una gran ovación del público y entre voces una expresión que dice ‘’VETE A LA MIERDA GARZON’’.</p>
<p>El discurso propone una idea central y esta es:</p>
<p>-          Arremeter en contra de la encarcelación de ciudadanos chilenos ilustres en calidad de diplomáticos, en países ajenos a la Republica de Chile, ya que con esto se violan los fundamentos principales de la nación; la soberanía, la dignidad e independencia. Así como los principios del Derecho Internacional.</p>
<p>El argumento principal frente la posición en contra de la situación que ilustra Piñera en su discurso es <span style="text-decoration:underline;">la violación de los principios de la Republica de Chile, así como del Derecho internacional. </span></p>
<p>Analizando el contenido del discurso, se pueden detectar algunas falacias:</p>
<p>-          <span style="text-decoration:underline;">Falacia de generalidad:</span> ‘’Las<em> condiciones de salud del senador Pinochet son muy delicadas y que todos nosotros las conocemos’’</em>. (Es decir que todo el público conoce con plena claridad las condiciones de salud del senador.)</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>-          <span style="text-decoration:underline;">Causa falsa y falacia Ad misericordiam:</span> ‘<em>’El senador Pinochet y su familia están viviendo tiempo difícil en Londres, en este momento y por eso merecen toda nuestra solidaridad</em>. ’’ Causa falta, debido a que el hecho de que estén en Londres no es causal de que sean merecedores de solidaridad. Ad misericordiam, porque se apela a la situación de ‘’tiempo difícil’’ para pedir solidaridad y así colocar a la audiencia a tono con los argumentos que se presentan después.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>-          <span style="text-decoration:underline;">Falacia Ad hominem:</span> ‘<em>’No podemos permitir que hoy día un juez español, mañana un juez de Mozambique o de cualquier otra parte del mundo se arroje una jurisdicción que no le corresponde y pretenda entrometerse en nuestros asuntos’’</em>. En esta falacia es importante resaltar que se debate el argumento del Juez Baltasar Garzón por parte de Sebastián Piñera, y este en toda su intervención solo argumenta su posición con la nacionalidad. Hecho que es ajeno de los argumentos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>-          <span style="text-decoration:underline;">Causa falsa:</span> ‘’<em>Queremos que sepa el señor Garzón que hace mas de 188 años nuestro país obtuvo su independencia con valor y con mucho coraje, y ninguno de nosotros está dispuesto hoy día a ser colonia de ningún país del mundo. ’’</em> Piñera termina su discurso dando a entender que el hecho que el juez Baltasar Garzón haya dictado y logrado la encarcelación de Augusto Pinochet en Londres, significa que Chile volverá a ser colonia de algún país del mundo.  <em> </em></p>
<p><em> </em></p>
<p>En conclusión el discurso aunque es muy emotivo, deja una sensación de desconcierto, debido a que aunque el orador utiliza muchos recursos para defender al ex dictador, pareciera que en el pueblo el recuerdo los crímenes cometidos por este ha desaparecido.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>David, Rey de Israel.</title>
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		<pubDate>Mon, 03 Jan 2011 02:51:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Andres Felipe Barrera Carrillo</dc:creator>
				<category><![CDATA[GUERRA]]></category>
		<category><![CDATA[HISTORIA]]></category>
		<category><![CDATA[Goliat]]></category>
		<category><![CDATA[Israel]]></category>
		<category><![CDATA[Parabola de Betsabe]]></category>
		<category><![CDATA[Rey David]]></category>
		<category><![CDATA[Rey David de Israel]]></category>

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		<description><![CDATA[El rey David existió entre los años 1040 y 970 a.C., su reinado en Israel comprendió del 1000 a.C. hasta su muerte. La vida y obra de David es pieza importante para el Judaísmo, Cristianismo y el Islam. Lo que se conoce de su historia se basa en los libros de Samuel en donde se [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=71&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El rey David existió entre los años 1040 y 970 a.C., su reinado en Israel comprendió del 1000 a.C. hasta su muerte. La vida y obra de David es pieza importante para el Judaísmo, Cristianismo y el Islam. Lo que se conoce de su historia se basa en los libros de Samuel en donde se le describe físicamente como  rubio de hermosos ojos y prudente.</p>
<p>La importancia de David en la historia de su reinado y de su pueblo inicia con su participación en la guerra entre el Reino de Israel; gobernado por Saúl y los filisteos. En dicha guerra se encuentra el personaje Goliat, un soldado gigante de estatura descomunal cuya armadura pesaba 55 Kilos. David, siendo un humilde pastor se encuentra envuelto en medio de la disputa entre los dos bandos y pide al Rey Saúl que le permita confrontar al descomunal soldado Goliat. Armado solo con una honda y 5 piedras el joven pastor s enfrenta al enorme gigante y con una precisión que algunos dan por divina, da en la frente al soldado inmenso y este cae al suelo. Luego David se aproxima al cuerpo caído y corta la cabeza del gigante, siendo esta la primera de muchas victorias atribuidas a su confianza en Dios.</p>
<p>David se convierte en Rey, luego de la desaparición de la Casa de Saúl con la muerte del rey Saúl y su hijo en la guerra con los filisteos. Al termino de este conflicto David es ungido como Rey de Judá, pero a razón de que muchos territorios eran dominados por los filisteos este no se convierte en Rey de Israel si no hasta la unificación de los territorios a través de la creación de la monarquía y de la muestra de lealtad a su mando por parte de los distintos pueblos que antes no pertenecían al reino.</p>
<p>Parte del posicionamiento de David como Rey de Israel y el control sobre las doce tribus, David plantea la promesa de la creación de la ciudad de Jerusalén por parte de generaciones futuras.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>PARABOLA DE BETSABE</strong></p>
<p>Durante los tiempos del sitio de Rabbah, David no asistió al conflicto y se mantuvo en Jerusalén; caminando por las calles de la capital observó a una mujer hermosa y la deseó. Se hizo informar sobre esta y descubrió que su nombre es Betsabe, hija de Eliam y esposa de Urias. Luego de un tiempo el Rey logró tener una cita con la mujer y en esta tuvieron relaciones. Producto de este encuentro Betsabe quedó embaraza, situación por la cual el Rey mandó a llamar a su esposo, de manera que se pudiera disimular el embarazo y esta no fuera muerta por adulterio, logrando de esta manera ocultar la identidad del padre del niño. Debido a que Urias niega a pasar la noche con su esposa, el rey David envía a este de regreso al sitio dando instrucciones de que este se coloque en el frente para que sea muerto. Una vez muerto, David se casa con Betsabe, pero el profeta Natan sucesor de Samuel declara que dios arrebatara de su casa la tranquilidad por adulterio y asesinato dejándole un reino agitado lleno de disturbios e intrigas. Arrepentido David, descubre que debido a este pecado el no ha de morir, ya que su hijo con Betsabe será el que pague por su mal. De esta manera dice la Biblia que Dios hirió al niño&#8230; y se enfermó&#8230; [Y] en el séptimo día murió el niño. ’’</p>
<p><strong>HERENCIA Y MUERTE</strong></p>
<p>Ya anciano, Adonías, su hijo superviviente y heredero natural, se declara Rey. Temerosos por la ambición de este, Betsabe y Natan acuden a David para que colocase a Salomón, segundo hijo de Betsabe en el trono. Este elección de Salomón confirmaba el designio divino. Salomón es ungido Rey de Israel recibiendo de su padre las instrucciones finales de &#8220;no derramar sangre&#8221;&#8230; &#8220;no buscar revanchas&#8221; y &#8220;seguir los preceptos del Señor&#8221; a fin de lograr prosperidad.</p>
<p>El Rey David de Israel muere a los 70 años aproximadamente, siendo enterrado en la Ciudad que lleva su nombre, habiendo gobernado por 40 años en todo Israel; siete en Hebrón y 33 en Jerusalén.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<item>
		<title>Constantino el Grande, la Cristiandad y el Imperio Romano</title>
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		<pubDate>Mon, 03 Jan 2011 02:48:40 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Andres Felipe Barrera Carrillo</dc:creator>
				<category><![CDATA[HISTORIA]]></category>
		<category><![CDATA[RELIGION]]></category>
		<category><![CDATA[Constantino]]></category>
		<category><![CDATA[constantino EL Grande]]></category>
		<category><![CDATA[Historia del Cristianismo]]></category>
		<category><![CDATA[Imperio Romano]]></category>
		<category><![CDATA[Roma]]></category>

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		<description><![CDATA[La historia del Imperio Romano nunca fue la misma desde la llegada de Constantino al poder como único Emperador absoluto del Imperio Romano y como primer Emperador Cristiano del Imperio. La vida de este hombre no solo repercutió en la antigüedad si no que su legado es palpable hasta nuestros días. La importancia de este [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=68&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La historia del Imperio Romano nunca fue la misma desde la llegada de Constantino al poder como único Emperador absoluto del Imperio Romano y como primer Emperador Cristiano del Imperio. La vida de este hombre no solo repercutió en la antigüedad si no que su legado es palpable hasta nuestros días. La importancia de este personaje recae tanto en su historia como en su paso por el Imperio romano, de pasar a ser uno de los cuatro emperadores del Imperio a ser el único emperador. Emperador que no solo unificó el imperio bajo una sola ley, sino que elimino a los Dioses antiguos e instituyo como única deidad al Dios Cristiano y a la religión de Jesucristo.</p>
<p>Flavius Valerius Aurelius Constantinus, llego al poder en un momento en el cual el imperio romano se encontraba políticamente muy desestabilizado. Luego de la muerte de su padre Constancio Cloro, Constantino es aclamado por las tropas y es declarado Emperador. Tiempo después y con el ideal de recuperar Roma, Constantino enfrenta a Maxentius, derrotándolo y de esta forma logrando el control de todo el Imperio del Este. Tiempo después Constantino logra alianza con el otro emperador de Sur Oeste, Licimius, conquistando junto a este, el imperio del Norte Oeste, dejando así al imperio dividido en 2 partes, la gobernada por Constantino desde Roma y la otra gobernada por Licimius desde Nicomedia.</p>
<p>Constantino observa en el Dios cristiano la salida a sus problemas y empieza a creer en la doctrina impartida por sus asesores creyentes de esta nueva religión. Esto molesta a su contraparte en Nocomedia, por lo que se firma el Edicto de Milan. Documento que ratifica la libertad de culto  en todo el imperio, terminando de esta forma con años de persecución a los seguidores de Jesucristo. Al pasar el tiempo Constantino desvia dinero destinado a mantener templos paganos para financiar iglesias Cristianas, violando según Licimius el pacto de Milan. A razón de esto se desarrolla un intento fallido de asesinato en contra de Constantino proveniente de Licimius, lo que desencadena una guerra entre las dos partes del imperio.</p>
<p>Luego de muchas batalladas y motivados por el estandarte cristiano en sus tropas militares, Constantino arrasa con el ejercito de Licimius, y se alza como único gran emperador de todo el Imperio Romano, unificando no solo el territorio y las leyes, sino eliminando los cultos a los dioses antiguos y enfocando la adoración en la creencia del Cristianismo. Constantino transforma al imperio que pasa a ser de politeísta a monoteísta.</p>
<p>Una vez en el poder Constantino se propuso instaurar como religión única al Cristianismo, por lo cual en el año 325 el Emperador convocó el concilio de Nicea, por medio del cual se sentaron las bases de la fe cristiana. Fundamentos que hasta hoy día, son la piedra angular del poder de la iglesia Cristiana en el mundo, y de porqué el Papa y el Catolicismo han mantenido una influencia tal que ha trascendido desde ese entonces el tiempo el espacio y las guerras.</p>
<p>En la actualidad es de notar que de todos los Emperadores del Imperio Romano, Constantino fue el que más legados trascendentales dejó. Cambio la percepción del  mundo politeísta a uno monoteísta, unifico a lo que sería el inicio de la civilización occidental e impulso a la religión que hoy día predomina en el planeta tierra. En conclusión, lo que hoy es la civilización occidental y en su centro la religión Cristiana debe su existencia a la influencia y al impulso de Constantino I o Constantino el Grande.</p>
<p>&nbsp;</p>
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	</item>
		<item>
		<title>La Historia de la Compraventa.</title>
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		<pubDate>Mon, 03 Jan 2011 01:33:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Andres Felipe Barrera Carrillo</dc:creator>
				<category><![CDATA[HISTORIA]]></category>
		<category><![CDATA[LEGISLACION]]></category>
		<category><![CDATA[compraventa]]></category>
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		<category><![CDATA[compraventa al credito]]></category>
		<category><![CDATA[contrato]]></category>
		<category><![CDATA[historia de la compraventa]]></category>
		<category><![CDATA[propiedad]]></category>

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		<description><![CDATA[Autores: Andrés Felipe Barrera / Luisa Fernanda Zamudio. La compraventa es un ‘‘contrato consensual por el cual el vendedor se obligaba a entregar la cosa al comprador y este a pagar un precio cierto en dinero’’[1] . A través de la historia ha sido uno de los contratos consensuales de mayor uso desde los comienzos de Roma [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=62&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Autores: Andrés Felipe Barrera / Luisa Fernanda Zamudio.</p>
<p>La compraventa es un ‘‘contrato consensual por el cual el vendedor se obligaba a entregar la cosa al comprador y este a pagar un precio cierto en dinero’’<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/DERECHO%20ROMANO/HISTORIA%20COMPRAVENTA.docx#_ftn1">[1]</a> . A través de la historia ha sido uno de los contratos consensuales de mayor uso desde los comienzos de Roma hasta la actualidad. Asimismo a través de esta historia, ha sido modificada varias veces dependiendo del periodo de desarrollo.</p>
<p>En términos generales este contrato consensual está definido como aquel en que una de las partes (<em>venditor</em>), se obliga a entregar a la otra la posesión útil y durable de una cosa (<em>re.merx</em>). La otra parte, el comprador (<em>emptor</em>), se obligaba a transferir en compartida la propiedad de monedas que correspondían al monto acordado a titulo precio (<em>pretium</em>).</p>
<p>La compraventa tiene sus inicios en el derecho arcaico, teniendo su última expresión dada en el derecho Justiniano. Según las XII Tablas, la compraventa era un negocio al contado, que se caracterizaba por intercambiar una cosa a cambio de unos lingotes de estaño bruto que representaban el precio. Después, desde el primer Siglo A.C., se transformo en un acuerdo de voluntades por el cual las partes se obligaban a cumplir con el intercambio.</p>
<p>Gayo, establece concerniente a la compraventa, que para transferir el dominio de las cosas mancipables se requiere una mancipación, luego, las demás cosas se transfieren por tradición. La mancipación como tal es un simulacro de compraventa, puesto que en la época clásica se hacia la distinción entre la mancipación y la compraventa, pero existen indicios de que eran la misma institución.</p>
<p>La compraventa en su desarrollo se conocía por ser de dos clases según periodo de desarrollo; compraventa primitiva y arcaica.</p>
<p>La compraventa primitiva, desarrollada en la monarquía, se confundía con la mancipación, ya que en esta, era necesario pesar el precio. En efecto, la compraventa era próxima a la permita, porque si no se cambaba una cosa por otra, si se cambia a una cosa por un lingote de cobre bruto (<em>aes rude</em>) considerado un precio. Dicho lingote podía pagarse en cambio de otra cosa, es decir dinero. Este peso debía corresponder al calor de la cosa y por ello era preciso conocer su peso en una balanza.</p>
<p>La compraventa arcaica, desarrollada desde las XII Tablas y posteriormente en la Republica, se presento bajo dos formas:</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">Compraventa al contado:</span> Es en la que el comprador actúa por una parte y por otra y su acto consiste en sujetar la cosa (<em>rem emere</em>).</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">Compraventa a crédito:</span> consistía en la toma de la prenda, a título excepcional contra quien había comprado una bestia destinada al sacrificio y no había pagado dicho precio.</p>
<p>El precio no siempre era pagado al contado y el comprador usualmente entregaba una prenda al vendedor a modo de garantía de pago.</p>
<p>La compraventa al contado así mismo podía presentarse de dos maneras:</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">La compraventa al contado de las <strong>cosas mancipables</strong>:</span> en la cual con base en un acuerdo previo, el cual no sufría efecto jurídico alguno, pero que aclaraba qué cosa y vendía y cuál era su precio, las partes procedían a celebrar una mancipación.</p>
<p>Dicha mancipación en la época arcaica, no tenía todos los elementos de la mancipación de Gayo, ya que solo contenía lo ‘‘que sea adquirido por este bronce y por la balanza de bronce’’, lo que constituía como tal la compraventa.</p>
<p>Para adquirir la <span style="text-decoration:underline;">propiedad de las cosas mancipables</span>, objeto de compraventa, era necesario reunir tres condiciones:</p>
<ol>
<li>Que se haya celebrado una mancipación.</li>
<li>Que el vendedor haya sido el verdadero dueño de la cosa vendida, o que haya sido autorizado para venderla en nombre del propietario.</li>
<li>Que el comprador tuviera uno de la cosa durante un año si era mueble, o de dos años si era inmueble.</li>
</ol>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">La compraventa al contado de cosas <strong>no mancipables:</strong> </span>En esta compraventa, el acto solemne de la mancipación reúne tres elementos:</p>
<ol>
<li>La entrega del precio.</li>
<li>La sujeción de la cosa.</li>
<li>La garantía por evicción del vendedor. <span style="text-decoration:underline;"> </span></li>
</ol>
<p><span style="text-decoration:underline;">El dominio de estas cosas no mancipables</span>, era transferido en el derecho arcaico aparentemente por las mismas condiciones impuestas a la compraventa de cosas mancipables:</p>
<ol>
<li>Entrega de la cosa o <em>traditio</em>.</li>
<li>El pago de precio de venta.</li>
<li>Cumplimiento de usucapión.</li>
</ol>
<p>Las XII Tablas, mencionan para su época la compraventa al crédito (explicada anteriormente), esta consistía en que en lugar de pagar en el momento de recibir la cosa, el comprador promedia pagar a futuro.</p>
<p>La evolución de la compraventa consiste en la escisión de la misma y de la mancipación por un proceso largo que culmina a fines de la Republica, dando lugar a una compraventa consensual.</p>
<p>Esta evolución se presenta en 5 distintas etapas:</p>
<ol>
<li><span style="text-decoration:underline;">El acto <em>mancipatio/emptio</em> es una realidad,</span> ya que el previo acuerdo sobre la cosa      y su precio no tiene valor jurídico.</li>
<li>El acto <em>mancipatio/emptio</em> es una realidad material de entrega física      de la cosa vendida, pero se <span style="text-decoration:underline;">ha reemplazado el lingote que se pesaba por      ases que se cuentan. </span></li>
<li><span style="text-decoration:underline;">El acto <em>mancipatio/emptio</em> se destina a transferir el predio a      distancia contra cierto número de ases que se colocan sobre la balanza</span> o que se pagan por aparte, pero cuando      se celebra la mancipación.</li>
<li><span style="text-decoration:underline;">Las partes acuerdan la cosa y su precio.</span></li>
<li><span style="text-decoration:underline;">Se extiende la compraventa a su concepto      general.</span></li>
</ol>
<p>El objeto del estudio de la historia de la compraventa radica en determinar cómo se transformó un negocio consensual y al mismo tiempo señalar la distinción con la mancipación y con la tradición.</p>
<p>La compraventa consensual es solo la transformación de un antiguo contrato real, análogo al contrato <em>do ut des </em>del derecho bizantino. Se forma primero, por la entrega de la cosa o del precio, lo que genera la obligación de entregar la contraprestación. Y los contratos reales de buena fe, a excepción de la fiducia, no aparecen si no posteriormente a los contratos.</p>
<p>En conclusión, la compraventa hace parte del comercio; una de las actividades con mas historia a lo largo de la vida de la humanidad. Esta surgió desde los inicios y aun hoy sigue en boga. Actualmente la compraventa es más compleja que en la actualidad debido a que a diferencia que en la era de los romanos, a compra y venta de inmuebles actualmente tiene muchas trabas por la recesión en la negociación de inmuebles a nivel mundial.</p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/DERECHO%20ROMANO/HISTORIA%20COMPRAVENTA.docx#_ftnref1">[1]</a> LERNER, Bernardo. ‘‘Enciclopedia Jurídica OMEBA’’ TOMO III, Editorial: Editorial Bibliografica Argentina. Argentina 1990.</p>
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<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/andresbarrera.wordpress.com/62/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/andresbarrera.wordpress.com/62/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/andresbarrera.wordpress.com/62/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/andresbarrera.wordpress.com/62/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/andresbarrera.wordpress.com/62/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/andresbarrera.wordpress.com/62/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/andresbarrera.wordpress.com/62/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/andresbarrera.wordpress.com/62/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/andresbarrera.wordpress.com/62/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/andresbarrera.wordpress.com/62/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/andresbarrera.wordpress.com/62/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/andresbarrera.wordpress.com/62/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/andresbarrera.wordpress.com/62/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/andresbarrera.wordpress.com/62/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=62&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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		<title>Compromiso por el clima, carente de ambición y eficacia.</title>
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		<pubDate>Mon, 03 Jan 2011 01:17:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Andres Felipe Barrera Carrillo</dc:creator>
				<category><![CDATA[CLIMA]]></category>
		<category><![CDATA[NOTICIAS]]></category>
		<category><![CDATA[POLITICA]]></category>
		<category><![CDATA[cambio climatico]]></category>
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		<category><![CDATA[Cumbre de Copenhague]]></category>
		<category><![CDATA[fracaso de la cumbre de Copenhaguepenaghe]]></category>
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		<description><![CDATA[Luego de los debates que se suscitaron en clase y de lo &#8220;evidentes&#8221; que fueron los argumentos en contra de la importancia y relevancia de la Cumbre de Copenhague , es indiscutible que ésta presentó muchas falencias y de por si un esfuerzo traducido en fracaso que aunque altamente mediático, costoso en logística y organización [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=58&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Luego de los debates que se suscitaron en clase y de lo &#8220;evidentes&#8221; que fueron los argumentos en contra de la importancia y relevancia de la Cumbre de Copenhague , es indiscutible que ésta presentó muchas falencias y de por si un esfuerzo traducido en fracaso que aunque altamente mediático, costoso en logística y organización y representativo de manera simbólica, no concluyó en ningún fin práctico o real que definiera de una manera cierta, concreta y eficaz los procesos por medio los cuales los gobiernos participantes iban a disminuir sus emisiones y cómo estos procesos se financiarían tanto en países desarrollados como en países en vía de desarrollo (naciones pobres). Claro está que, en concreto, el único resultado palpable fue la confirmación por parte de los jefes de gobierno de una verdad que ya se conocía, que los problemas del hombre (el cambio climático en este caso)&#8221;han sido creados por el hombre y por lo tanto pueden ser solucionados por el hombre&#8221;<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftn1"><strong></strong><strong>[1]</strong></a>.</p>
<p>Con afirmaciones como la anterior del Presidente de los Estados Unidos Barack Obama, y en relación a la realidad palpable del estado climático mundial, se hace evidente que aun siendo los seres humanos los responsables de los cambios catastróficos que afectan a todo el globo, se nos dificulta encontrar maneras por medio las cuales podamos recuperar a través de mediadas estatales un buen estado climático. Cumbres como la de Copenhague demuestran que no es la falta de &#8220;compromiso&#8221; de los países y sus dirigentes por enfrentar y encarar la problemática ambiental, si no una carente presencia de ambición por concretar las metas de ese compromiso. El acuerdo de Copenhague simboliza un paso adelante que en la realidad no lo es. De hecho la Conferencia de las Partes (COP) no lo formalizado. El acuerdo &#8220;no contiene medidas fuertes de reducción de emisiones en los países desarrollados, presenta una gran concesión a las industrias contaminantes del clima, especialmente al sector de los combustibles, sector que presiono fuertemente para socavar un acuerdo y ahora tiene licencia para seguir contaminado&#8221;<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftn2">[2]</a>. Esta realidad establece un nuevo agente que se opone al cambio y que enfrenta a ese compromiso de los gobierno con la falta de ambición; Las industria de combustibles fósiles.</p>
<p>Esta polarización del interés industrial del imperialismo económico sobre el beneficio social y general de los pueblos, se hace evidente en las intensas represalias que se tomaron durante la cumbre en contra de aquellos que manifestaron propuesta de la idea de invertir eficazmente en pro de la disminución del cambio climático. &#8220;Fuera de la conferencia, quienes se manifestaron en Copenhague sufrieron una represión policial sin precedentes, con la mayor y más cara operación de seguridad en la historia de Dinamarca. Más de 1.200 personas fueron arrestadas, hubo arrestos selectivos a organizadores de las protestas y redadas policiales en los espacios de convergencia de protesta pública.&#8221;<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftn3">[3]</a> Esto represento lo que para muchos fue una farsa antidemocrática liderada por Estados unidos. Un acuerdo en cual solo se sacrificaron los intereses de los países pobres, en el afán de los ricos por mantener su posición privilegiada en el mercado mundial. &#8220;Lumumba Stanislaus Di-Aping, presidente del grupo G-77 de países en desarrollo, comparó el acuerdo con el Holocausto. El presidente de Amigos de la Tierra, Erich Pica, describió el acuerdo climático liderado por Estados Unidos como una forma de encubrimiento&#8221;<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftn4">[4]</a>.</p>
<p>La cumbre en sí demostró que  Barack Obama y el liderazgo Europeo no pudieron convencer a los dos gigantes más contaminantes, China y EEUU mismo para asumir compromisos concretos. &#8220;Barack Obama, llegó a Copenhague con las manos atadas porque ni el Congreso ni el Senado le habían autorizado a adoptar compromisos concretos.&#8221;<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftn5">[5]</a>. dando a entender que fuera del compromiso que pueda tener un jefe de estado en poder solucionar estos problemas, no está directamente en sus manos la capacidad de resolverlos eficazmente, ya que detrás de él no está solo un gobierno, una sociedad o un sistema político-judicial, sino un monopolio económico derivado de la industria de los combustibles fósiles que se reúsa a limitar su producción y de esta manera ver disminuidas sus ganancias; ganancias que son redistribuidas en parte para financiar en el poder a aquellos que &#8220;legítimamente&#8221; deciden el destino de las gentes del mundo.</p>
<p>Lamentablemente el mundo está condenado por aquellos que en teoría somos los seres más evolucionados; los seres humanos. Es una realidad más que evidente que las consecuencias irreparables del cambio climático están más cerca de lo que se pensaba y que las soluciones para evitarlas cada vez se van acortando y con el pasar del tiempo se volverán inútiles. Las medias para que la humanidad pueda lograr lo que se pretendió en Copenhague no se pueden tomar de la noche a la mañana y requieren de cierto tiempo para que puedan ser efectivas. Pero afirmar lo que abiertamente defienden aquellos en contra del mejoramiento climático y en defensa del desarrollo económico de que este debe ir primero, encontraran en un futuro cercano que esa decisión no solo afectara la vida de los ciudadanos  de sus naciones, sino que también disminuirá ese impulso económico. Esto, partiendo de la creencia fehaciente de que &#8220;los países que tomen la delantera en el desarrollo de las nuevas tecnologías necesarias para acometer el imprescindible cambio de paradigma energético estarán mejor posicionados en la nueva era industrial que se avecina&#8221;.<a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftn6">[6]</a></p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftnref1">[1]</a> Discurso del presidente Obama en la Cumbre sobre Cambio Climático en la ONU , Tomado el 12/09/2010, disponible en:</p>
<p><span style="text-decoration:underline;">http://www.america.gov/st/energy-spanish/2009/September/20090922174141eaifas0.2803003.html</span></p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftnref2">[2]</a> Fracaso y caos en la cumbre de Copenhague, Tomado el 12/09/2010,  disponible en:</p>
<p><a href="http://www.miradaglobal.com/index.php?option=com_content&amp;view=article&amp;id=1193:fracaso-y-caos-en-la-cumbre-de-copenhague&amp;catid=32:ecologia&amp;Itemid=21&amp;lang=es">http://www.miradaglobal.com/index.php?option=com_content&amp;view=article&amp;id=1193:fracaso-y-caos-en-la-cumbre-de-copenhague&amp;catid=32:ecologia&amp;Itemid=21&amp;lang=es</a><span style="text-decoration:underline;"> </span></p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftnref3">[3]</a> La cumbre de Copenhague, otra farsa del imperialismo, Tomado el 12/09/2010, disponible en:</p>
<p><a href="http://www.voltairenet.org/article163661.html">http://www.voltairenet.org/article163661.html</a><span style="text-decoration:underline;"> </span></p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftnref4">[4]</a> Ibidem.</p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftnref5">[5]</a> El Fracaso de la Cumbre de Copenhague, Tomado el 12/09/2010 Disponible en:</p>
<p><a href="http://www.pensamientocritico.org/fracas0410.html">http://www.pensamientocritico.org/fracas0410.html</a><span style="text-decoration:underline;"> </span></p>
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<p><a href="/Users/HP%20LAPTOC/Desktop/Universidad/TERCER%20SEMESTRE/COMPROMISO%20POR%20EL%20CLIMA,%20CARENTE%20DE%20AMBICION%20Y%20EFICACIA.docx#_ftnref6">[6]</a> Ibidem.</p>
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<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/andresbarrera.wordpress.com/58/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/andresbarrera.wordpress.com/58/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/andresbarrera.wordpress.com/58/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/andresbarrera.wordpress.com/58/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/andresbarrera.wordpress.com/58/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/andresbarrera.wordpress.com/58/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/andresbarrera.wordpress.com/58/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/andresbarrera.wordpress.com/58/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/andresbarrera.wordpress.com/58/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/andresbarrera.wordpress.com/58/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/andresbarrera.wordpress.com/58/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/andresbarrera.wordpress.com/58/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/andresbarrera.wordpress.com/58/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/andresbarrera.wordpress.com/58/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=58&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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	</item>
		<item>
		<title>EL FUTURO DE NUESTRO GOBIERNO COLOMBIA</title>
		<link>http://andresbarrera.wordpress.com/2010/08/05/el-futuro-de-nuestro-gobierno-colombia/</link>
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		<pubDate>Fri, 06 Aug 2010 02:38:40 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Andres Felipe Barrera Carrillo</dc:creator>
				<category><![CDATA[JUSTICIA]]></category>
		<category><![CDATA[LEGISLACION]]></category>
		<category><![CDATA[POLITICA]]></category>
		<category><![CDATA[Colombia]]></category>
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		<category><![CDATA[Guerrilla]]></category>
		<category><![CDATA[Juan Manuel Santos]]></category>
		<category><![CDATA[Ministro de Defensa]]></category>
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		<description><![CDATA[El traspaso de las responsabilidades del gobierno significa para Colombia, una nueva esperanza para poder lograr todas las metas que 200 años atrás nuestros padres fundadores implantaron en la recién creada nación. En lo personal durante toda la campaña presidencial de los candidatos; desde la primera vuelta hasta la segunda, mi apoyo estuvo siempre con [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=54&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El traspaso de las responsabilidades del gobierno significa para Colombia, una nueva esperanza para poder lograr todas las metas que 200 años atrás nuestros padres fundadores implantaron en la recién creada nación. En lo personal durante toda la campaña presidencial de los candidatos; desde la primera vuelta hasta la segunda, mi apoyo estuvo siempre con el Partido Verde y su candidato, Antanas Mockus, ya que representaba para mí ha aquella persona que verdaderamente podría gestar ese cambio en la sociedad y obtener para el pueblo lo que nunca se ha podido conseguir; la paz. Evidentemente el resultado no fue el que yo esperaba y ahora nos encontramos frente a un nuevo Presidente electo; Juan Manuel Santos, quien en concreto no representa nada nuevo y que por el contrario limita el motor cambiante de una sociedad tan compleja como la colombiana, socavando de una u otra manera los principios de igualdad, justicia y equidad.</p>
<p>Lo anterior es una muestra de que ciertamente la elección de Juan Manuel Santos deja a gran parte de la población en un umbral de incertidumbre, derivado de la muy cercana relación y pensamiento político con el saliente Presidente Álvaro Uribe. El futuro que promete el gobierno del entrante mandatario, en teoría establece continuar con las políticas del saliente, pero de una manera más eficaz e incluyente. De entrada se denota en el proceder del recién elegido nuevo jefe de estado, que sus acciones no son más que una manera de preparar tanto a la opinión interna como a la internacional de que su gestión no deberá tener cuestionamientos ni detractores y que por el contrario todos aquellos sacrificios como los falsos positivos  entre otros, son un mal necesario que aunque raya con la ilegalidad y la injusticia, deberán ser olvidados tanto por el pueblo como por el congreso y la justicia en general. Prueba de esto es la tan famosa ‘‘Unidad Nacional’’, propuesta bandera de su campaña, detrás de la cual se esconde un fin tan ruin, como es el de monopolizar los distintos sectores del estado, como el congreso y las cortes, la sociedad, la industria y los sindicatos. De manera que ante cualquier eventualidad no se encuentren ‘‘piedras en el camino’’.</p>
<p>Es importante resaltar la labor del nuevo mandatario como Ministro de la Defensa, y cómo sus logros en este cargo fueron catapulta de su éxito en las urnas y de esta manera poder llegar a la Casa de Nariño. Estas decisiones tomadas en este cargo fueron acertadas y de una u otra forma importantes en el ámbito nacional y polémicas en el internacional. Pero qué pasa ahora, cuando el entrante presidente debe nombrar sus propios ministros, ¿son acertadas decisiones como la de incluir a Germán Vargas Lleras en su gabinete?, o ¿no son más que tratos políticos disfrazados de la dichosa Unidad Nacional?, qué pensaran aquellos que votaron por este hombre pensando que sería leal al saliente presidente. Podemos observar que claramente aquellos cuya ilusión era observar a otro Álvaro Uribe pero en el cuerpo de otro hombre, cada vez va desapareciendo mas y mas.</p>
<p>Juan Manuel Santos promete mucho por Colombia, pero en lo personal opino que a su gobierno le quedara grande el enfrentar los problemas internos más graves del país, tales como la guerrilla, el desempleo y la pobreza. Solo para hablar de la guerrilla, al nuevo mandatario le falta lo que al saliente le sobraba y que en parte fue el impulso de su Seguridad Democrática y fue el interés personal de acabar con los insurgentes en respuesta a lo que vivió en su vida con el asesinato de su padre. Tal debilidad se encuentra evidenciada en que aun no siendo presidente en ejercicio, se empieza a considerar la posibilidad de reabrir los diálogos con un grupo terrorista que durante el gobierno de Pastrana no hizo más que debilitar al país, enriquecerse y fortalecerse a sí mismo, pero que con Álvaro Uribe retrocedió y fragmento como nunca en la historia. Yo espero que no pase lo que en Estados Unidos con la crisis hipotecaria; cuando todos estaban confiados, el sistema cayo y casi destruye la economía de ese país.</p>
<p>Con Juan Manuel Santos me preparo para lo peor y temo que Colombia, o mejor sus líderes ‘‘legítimos’’ no se vuelvan a dejar manejar por la guerrilla, tirando a la basura todo el esfuerzo que durante 8 años el  gobierno de Álvaro Uribe y el ejercito pudieron conseguir.</p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/andresbarrera.wordpress.com/54/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/andresbarrera.wordpress.com/54/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/andresbarrera.wordpress.com/54/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/andresbarrera.wordpress.com/54/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/andresbarrera.wordpress.com/54/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/andresbarrera.wordpress.com/54/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/andresbarrera.wordpress.com/54/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/andresbarrera.wordpress.com/54/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/andresbarrera.wordpress.com/54/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/andresbarrera.wordpress.com/54/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/andresbarrera.wordpress.com/54/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/andresbarrera.wordpress.com/54/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/andresbarrera.wordpress.com/54/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/andresbarrera.wordpress.com/54/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=54&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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		<item>
		<title>El Juicio de Núremberg, el ideal de justicia en su proceso y contenido.</title>
		<link>http://andresbarrera.wordpress.com/2010/04/28/el-juicio-de-nuremberg-y-el-ideal-de-justicia-de-su-cometido/</link>
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		<pubDate>Wed, 28 Apr 2010 03:55:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Andres Felipe Barrera Carrillo</dc:creator>
				<category><![CDATA[CRIMEN]]></category>
		<category><![CDATA[GUERRA]]></category>
		<category><![CDATA[JUSTICIA]]></category>
		<category><![CDATA[LEGISLACION]]></category>

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		<description><![CDATA[A través de la historia, el hombre ha estructurado una noción de la validez en torno a las normas que rigen su comportamiento, y ha transportado esa fuente de sustentación y/o explicación de la razón por la cual se sigue lo estipulado en dichas normas, de una argumentación jurídica humana, a una de origen superior [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=43&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>A través de la historia, el hombre ha estructurado una noción de la validez en torno a las normas que rigen su comportamiento, y ha transportado esa fuente de sustentación y/o explicación de la razón por la cual se sigue lo estipulado en dichas normas, de una argumentación jurídica humana, a una de origen superior o en ciertas ocasiones divino. En este ensayo se expondrá, tomando como ejemplo y referencia a Los Juicios de Núremberg (20 de Noviembre de 1945), la correlación y todas sus derivaciones consecuentes, entre el derecho positivo y el derecho natural, buscando de esta forma, la armonía que subyace entre estos dos conjuntos de principios, en función del ideal de justicia.</p>
<p>Luego de que en 1945 los aliados iniciaran la invasión a territorio alemán nazi, Estados Unidos e Inglaterra por el oeste y la Unión Soviética por el este, los alemanes comandados por el Führer, Adolf Hitler, comenzaron a percibir que el fin de su poder estaba cerca y que la guerra estaba perdida. Antes de suicidarse, Hitler designó como nuevo presidente de Alemania al almirante Karl Dönitz, con el fin de perpetuar su legado y de esta forma tratar de prevalecer los intereses alemanes, independientemente el resultado de la guerra. Una vez en el poder, Dönitz, se percato a través de los informes que eran entregados a él sobre el estado de las fuerzas alemanas, que todo estaba perdido y que ahora no existía otra salida diferente a negociar la rendición ante los países aliados, con el fin de disminuir el sufrimiento a los ciudadanos germanos.</p>
<p>El 29 de abril de 1945 fueron enviados representantes del gobierno alemán a Nápoles con el fin de negociar los términos de la rendición. En esta ocasión se firmó la primera rendición alemana, entregando esta el control de sus fuerzas en el norte de Europa. El 2 de mayo los nazis capitularon oficialmente ante la Unión Soviética, Estados Unidos y Gran Bretaña. Pero no es sino hasta el 8 de mayo que oficialmente se da por terminada la segunda guerra mundial; suceso que inunda al mundo de júbilo por la nueva paz lograda.</p>
<p>Terminada la guerra, los aliados descubren los crímenes atroces cometidos por el régimen nazi. De igual manera los sobrevivientes claman por justicia e internacionalmente comienza un movimiento con el fin de ajusticiar a aquellos líderes germanos sobrevivientes a la guerra. A razón de esto, los países aliados pactaron no cometer el mismo error que en la primera guerra mundial, luego de que a raíz del Tratado de Versalles los aliados permitieran que los mismos alemanes juzgaran a los criminales que habían llevado a su país a la destrucción, y estos al haber solicitado la extradición a Holanda de Guillermo II de Alemania, ultimo Káiser del Imperio, esta fuera rechazada, imposibilitando de esta manera la realización de dicho juzgamiento basado en el artículo 227 del tratado según el cual  &#8221;Las potencias aliadas acusan públicamente a Guillermo de Hohenzollern,  por falta suprema contra la moral internacional y la autoridad sagrada de los tratados &#8220;<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn1">[1]</a>, calificándolo como culpable y gestor de la primera guerra mundial.</p>
<p>En consecuencia a esta necesidad de justicia, los países aliados emprendieron una búsqueda con el fin de localizar a los principales dirigentes, funcionarios y colaboradores del régimen nacionalsocialista de Hitler. Una vez en custodia y colocados bajo control de los aliados, se procedió a la estructuración del juicio en su contra. El 20 de noviembre de 1945, los 21 acusados ingresaron al Palacio de justicia de Núremberg &#8211; lugar escogido por haber sido el único recinto judicial sobreviviente a los bombardeos- y se presentaron ante los 8 jueces que dé a 2 representaban a Los Estados Unidos, El Reino Unido, Francia y la Unión Soviética.</p>
<p>Enmarcando lo anterior, se observa la aparición del ideal de justicia a través del derecho natural. Dicho derecho natural o teoría del derecho natural (según Hans Kelsen) afirma que&#8221; existe una regulación completamente justa de las relaciones humanas seguida de la naturaleza: de la Naturaleza en general y de la naturaleza del hombre&#8221;<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn2">[2]</a>. Esta definición que da Kelsen sobre el derecho natural concuerda con lo que pretendían los aliados realizar, al enjuiciar a los dirigentes Nazis y hacer “justicia”. Pero aun con esta intención, los aliados se encontraban ante una situación única en la historia en donde el ordenamiento, en este caso el alemán, había sido edificado de tal manera que las acciones cometidas antes y durante la guerra en contra de los judíos y demás comunidades estaban legalmente contempladas.</p>
<p>Siguiendo al derecho natural y su conceptualización, es pertinente exponer la importancia que pretende la concepción del derecho positivo. Dicho concepto según las conclusiones en torno a la Teoría de Paul  Roubier (sobre la elaboración del contenido de la regla positiva)<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn3">[3]</a> da  a entender que</p>
<p>“el derecho positivo corresponde a un conjunto de normas jurídicas estructuradas por el hombre, más precisamente por un órgano estatal o interestatal, o reconocidas por estos, con apego a los procedimientos formales, y que en la actualidad están vigentes o son de obligatorio cumplimiento para un grupo social.”<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn4">[4]</a></p>
<p>Se observa, que la pretensión de los aliados en el juicio de Núremberg (siguiendo el concepto concluyente de la teoría de Roubier) de cierta manera correspondía a ejercer el derecho natural sobre el derecho positivo, basándose en percepciones morales de lo justo o lo injusto, dejando por un lado lo contemplado en el ordenamiento jurídico del tercer Reich.</p>
<p>Es importante resaltar que una vez iniciado el juicio de Núremberg se dio a entender, a través de Robert Jackson (Fiscal jefe en cabeza de la delegación de los Estados Unidos) durante su declaración de apertura;</p>
<p>“Las atrocidades que tratamos de juzgar y castigar fueron tan inimaginables, tan malvadas y de tan devastadoras consecuencias que la civilización humana no puede permitir que queden sin respuestas, pues no sobreviviría a la repetición de tal atrocidad. Que cuatro grandes naciones, satisfechas con su victoria y dolorosamente atormentadas por la injusticia acontecida, no ejerzan venganza, sino que deliberadamente sometan a los enemigos apresados al veredicto de la ley, supone una de las más importantes concesiones que jamás ha hecho el poder a la razón”<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn5">[5]</a>,</p>
<p>…que dicho procedimiento en contra de los sindicados iba a poseer un carácter naturalista.</p>
<p>Al observar lo concerniente al naturalismo que se propone con la declaración de Jackson, se aprecia como la definición de Santo Tomas de Aquino en torno a la ley humana, -basándose en el derecho natural- corresponde a lo que los aliados trataban de defender al enjuiciar a los ex dirigentes nazis. Tomas de Aquino define a la ley humana como “la ordenación de la razón para el bien común, promulgada por que tiene el cuidado de la comunidad”<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn6">[6]</a> y a renglón seguido establece que esta (La ley humana)  no puede bajo ninguna circunstancia entrar en contradicción con el concepto de justica, ya que al contradecir dicho concepto de consideraría como “ley perversa” o “la perversión de la ley”.</p>
<p>Retomando lo expuesto en párrafos anteriores, concernientes a la legalidad de las acciones y procedimientos realizados por el régimen nazi, es de suma prioridad recordar el camino por medio el cual, Hitler y sus hombres concretaron, a través de la legalidad, sus propósitos. Concordando de esta manera con el derecho positivo expuesto previamente, al remembrar la teoría de Paul Roubier.</p>
<p>Eventos relevantes:</p>
<ol>
<li>El 30 de enero de 1930, Hitler asume como canciller de Alemania, nombrado por el Presidente de la República Paul Von Hindenburg, tal cual y como lo autorizaba la Constitución de Weimar<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn7">[7]</a>, argumentando (Hitler) que dicho reconocimiento debía darse en concordancia con su posición como líder del partido más poderoso del Reichstag.</li>
<li>Entre febrero de 1933 y agosto de 1934, aprovechando el incendio del Reichstag, atribuido por Hitler a un complot comunista, el 23 de marzo de 1933<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn8">[8]</a> y a través de la “Ley de defensa del pueblo y del estado” o “Ley habilitante”, los poderes del legislativo pasan al ejecutivo, y por consiguiente a Hitler.</li>
<li>Es aprobada en Núremberg, el 15 de septiembre de 1975 la “Ley de ciudadanía del Reich” o “Reichsbürgergesetz”, exigiendo como requisito para ser reconocido como alemán, el poseer “sangre alemana o allegada”<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn9">[9]</a></li>
<li>El mismo día (15 de septiembre de 1975) es aprobada también la “Ley para proteger la sangre y el honor alemanes”. En dicha ley se les prohíbe a los judíos contraer matrimonio con ciudadanos de sangre alemana, las relaciones extramatrimoniales entre judíos y ciudadanos de sangre alemana, entre otras disposiciones.<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn10">[10]</a></li>
<li>A raíz de la purga realizada a las SA o “Sturmabteilung” de Erns Röhm y a otros enemigos de Hitler, en la cual murieron cientos de personas, es promulgada con efecto retroactivo la “Ley sobre medidas de legítima defensa”, cuyo artículo único señalaba que “Las medidas ejecutadas los días 30 de junio y 1 y 2 de julio de 1934 para reprimir ataques de alta traición, son actos de legítima defensa y como tales acordes con el derecho”.<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn11">[11]</a></li>
<li>Hitler forma un gobierno más homogéneo designando a Goebbles como Ministro de la Educación del pueblo y la Propaganda, para de esta forma controlar la comunicación e impartir sus directrices.</li>
<li>A través de la “Ley de Reorganización de la Burocracia”<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn12">[12]</a>, se excluyen de la administración todo aquel que no sea simpatizante del régimen.</li>
<li>Por medio de la “Ley de unificación”<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn13">[13]</a>, son prohibidos los partidos políticos y los sindicatos, y el NSDAP (Partido Nacional-Socialista NAZI) se convierte en partido único.</li>
<li>En agosto de 1933, Hitler anuncia el nacimiento del tercer Reich.</li>
</ol>
<p>10. En enero de 1934 Hitler queda autorizado para modificar la constitución y luego de la muerte del Presidente de la Republica, la oficina de la cancillería y la presidencia se asocian a la persona de Adolf Hitler.</p>
<p>11.  Luego de acusar a los judíos por el asesinato de un diplomático de la embajada alemana, en la noche del 9 al 10 de noviembre de 1938 se lleva a cabo la “Kristallnatch”<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn14">[14]</a> o “noche de los vidrios rotos”, en donde se destruyen 280 sinagogas y son detenidos más de 20.000 judíos.</p>
<p>12. En 1943 luego de la abolición de la doble jefatura de estado, se implanta una dictadura unitaria e omnipotente en torno a la figura de Adolf Hitler.<br />
Este proceso de creación de normas y apoderamiento del poder, aun siendo visto por algunos como injusto e ilegal, carente de cualquier noción de justicia en torno a la raza, a la religión y a las leyes establecidas concernientes a la integridad del ser humano; representa un ideal de justicia enmarcado en el derecho positivo, según el cual, la justicia demarcada en el ordenamiento es una “justicia legal”, la cual al estar contemplada en la normatividad, debe cumplirse, independientemente de las consecuencias que puedan denotarse como injustas, según el Derecho natural.</p>
<p>Eduardo García Maynes, realiza una apreciación sobre el derecho natural y el derecho positivo al explicar su Teoría de Los Tres Círculos<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn15">[15]</a>, estableciendo que por un lado el derecho natural “vale por sí mismo en cuanto intrínsecamente justo”<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn16">[16]</a> y que el derecho positivo  “es caracterizado atendiendo a su valor formal, sin tomar en consideración la justicia o injusticia en su contenido”<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn17">[17]</a>. Es decir, que aun contemplándose que la legislación (legalmente constituida) en la Alemania de Hitler, presentara injusticias en contra de los judíos y demás grupos que resultaron afectados por dicha normatividad, estas disposiciones debían por ley obedecerse y realizarse.</p>
<p>En el juicio de Núremberg los cargos que se les imputaron a los ex dirigentes nazis fueron:</p>
<p>-       Conspiración para tomar el poder y establecer un régimen totalitario en Alemania.</p>
<p>-       Iniciar y librar una guerra ofensiva.</p>
<p>-       Crímenes de Guerra en países ocupados</p>
<p>-       Crímenes contra la humanidad, esclavitud y exterminio por motivos sociales y religiosos.</p>
<p>Algunos de estos (cargos) no presentaban sustentación objetiva desde el derecho positivo para ser contemplados en dicho juicio. Encontramos el cargo por conspiración para tomar el poder y establecer un régimen totalitario en Alemania. Dicha imputación no representa respaldo alguno ya que la historia y los eventos descritos previamente, claramente dan evidencia que dicho ascenso al poder de Hitler, además de ser periódico, en ningún momento violo las leyes vigentes y mucho menos la Constitución de Weimar; la cual formalmente siguió en vigor después de la toma de poder de Hitler en enero de 1933, y no fue hasta el 5 de junio de 1945 con la toma de control del Consejo de Control Aliado que la Constitución de Weimar fue definitivamente obsoleta.<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn18">[18]</a></p>
<p>Cabe resaltar que aun siendo el ordenamiento alemán nazi, un vivo ejemplo del derecho positivo derivado del derecho natural, por medio el cual Hitler pudo expandir su pensamiento y de esta forma lograr sus fines y cambiar las disposiciones legales legítimamente. Las acciones realizadas en este periodo, vistas desde el derecho natural y en conjunto con el ideal de justicia que se pretendía impartir y demostrar en Núremberg, pudieron gestarse a través de un régimen autoritario, pero dicho régimen estaba legitimado por medio de herramientas democráticas, por medio de las cuales loa ciudadanos alemanes, escogieron en principio, apoyar la causa de Adolf Hitler.</p>
<p>En el juicio que se les adelanto a los dirigentes nazi sobrevivientes a la guerra, que pudieron ser capturados, los cargos individuales que se le imputo a cada individuo, según su cargo y responsabilidad, fueron los siguientes:</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">Karl Dönitz: Crímenes en alta mar</span>.</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">Baldur Von Shirach:</span> Manipulación de la mente de los niños a favor de la causa nazi.</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">Julius Stricher:</span> Alentar y promover la persecución de los judíos a través de periódicos antisemitas.</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">Rudolph Hess:</span> Conspiración para tomar el poder.</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">Joachin Von Ribbertrom:</span> Firma y quebrantamiento de tratados.</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">Wilhelm Keitel:</span> Emprender una guerra ofensiva.</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">Alfred Jodl:</span> Emprender una guerra ofensiva.</p>
<p>-       <span style="text-decoration:underline;">Herman Göering:</span> Como mariscal, emprender una guerra total sin limitaciones del uso de la fuerza.</p>
<p>En la primavera de 1945, los acusados se presentaron de nuevo ante los jueces, y esta vez argumentaban en su defensa, que ellos solo obedecían órdenes y que aun siendo consientes de sus acciones, no se creían responsables, ya que su labor se reducía a cumplir lo dispuesto por el estado nazi. Los acusados, sorpresivamente, empezaron a negar y a inculpar al Führer, que tanto habían reverenciado y adorado. En el juicio se dio el fenómeno, que mas tarde seria conocido como “Reductio ad Hitlerum”, el cual consistía en mostrar a manera de excusa, que Adolf Hitler había sido el único responsable final de todas las ordenes que se dieron en el Tercer Reich.<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn19">[19]</a></p>
<p>El 31 de agosto de 1946, la corte conformada por los 4 países aliados, luego de meses de deliberaciones y de haber escuchado a la defensa y a los fiscales dicto su veredicto, dando por terminado el juicio. En su mayoría los acusados fueron sentenciados a morir en la orca; situación que incomodo tanto a políticos como militares enjuiciados, ya que estos veían en este castigo una degradación de su cargo y una manera de degradar su imagen de oficiales. Claramente ante la petición de ser fusilados por un pelotón, la corte expreso su negativa, demostrando de esta forma, que ante este tipo de delitos perpetrados, las contemplaciones y/o distinciones entre ellos eran imposibles de complacer.</p>
<p>El juicio de Núremberg ha servido para ejemplificar lo que representa el ideal de justicia, ya que este puede evocar al naturalismo, así como al positivismo. El desarrollo logrado en Núremberg, luego de terminada la guerra, presentó un capitulo en la historia que sirvió para estructurar las instituciones que actualmente velan por la justicia y el respeto a los derechos a nivel mundial.</p>
<p>En lo que concierne a la relación entre el derecho positivo y el derecho natural, en conjunto al ideal de justica…</p>
<p>“el derecho positivo es conclusión o determinación del derecho natural, en cuanto desenvuelve y concreta sus principios en vistas de las circunstancia concretas históricas y sociales. De ahí que el derecho positivo y natural, no son dos especies distintas del derecho, si no el mismo derecho mirado en sus fundamentos natural (ley natural) y en su desenvolvimiento por el hombre por medio de la autoridad social (ley positiva).”<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn20">[20]</a></p>
<p>Aun demostrado y ya sea por “el derecho al vencedor” o la misma historia, que el juicio de Núremberg fue un ejemplo de justicia y de reparación logrado a partir del esfuerzo de las naciones triunfantes en la guerra. Quedan ciertos interrogantes y contradicciones que aun, hoy, son materia de discusión. Entre estas cuestiones, encontramos que<a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftn21">[21]</a>:</p>
<ol>
<li>A los dirigentes nazi, no se les acuso de acuerdo al derecho nacional alemán vigente durante la guerra, sino por un delito que no existía previamente en la legislación internacional, que fue definido a través de una ley ex post facto, que se creó posteriormente a los eventos por los cuales se les imputaron cargos, colocando en riesgo un de los fines básicos del derecho (la seguridad jurídica).</li>
<li>Si lo que se pretendía era la ejecución de una justicia igualitaria, el tribunal además de considerar enjuiciar a los alemanes por crímenes en contra de la humanidad, también debía tener en cuenta los bombardeos aliados, los cuales destruyeron varias ciudades enteras alemanas, asesinando a miles, tal y como se presencio en el bombardeo de Dresde.</li>
<li>Se condeno a varios acusados sin haber respetado el principio de legalidad y haber ejercido imparcialidad al juzgar los diferentes crímenes.</li>
<li>No se condeno a todos los criminales que participaron en los actos delictivos del Tercer Reich, en efecto se ha objetado que hubo una gran impunidad en torno a los crímenes y a sus autores.</li>
<li>No se juzgo por genocidio, ni por persecución a la población judía anteriores a la guerra. Esto se dio en parte a que la guerra fría estaba iniciándose, y que en la República Federal recién creada se impulso una política de olvido y de exculpación colectiva.</li>
</ol>
<p>En conclusión, el ideal de justicia que se pretendió explicar a través del desarrollo, las causas y la consecuencias del Juicio de Núremberg, puede que no se haya concretado de una manera optima, pero demostró que tanto el derecho positivo como el derecho natural (componentes del ideal de justica), se relacionan en cierto punto con el fin de ejemplificar las acciones realizadas por cierto grupo de individuos y que así estén contempladas por un margen legal positivo, pueden ser influenciado por el naturalismo, al imponer las convicciones y percepciones morales.</p>
<p><strong>BIBLIOGRAFIA:</strong></p>
<p>-       Tratado de Versalles 1919</p>
<p>-       KELSEN, Hans, <em><span style="text-decoration:underline;">¿Qué es la justicia?</span></em> .Traducción de Leonor Calvera. Ediciones elaleph.com, 2000. Archivo PDF.</p>
<p>-       <a href="http://www.articulo.org/articulo/2152/derecho_positivo_y_derecho_natural.html">http://www.articulo.org/articulo/2152/derecho_positivo_y_derecho_natural.html</a></p>
<p>-       Declaración de Robert H. Jackson, El Juicio de Núremberg, Noviembre 21, 1945 Referencia filmográfica consultada el 22/04/2010 Disponible en: <span style="text-decoration:underline;">http://www.youtube.com/watch?v=L50OZSeDXeA</span></p>
<p>-       Constitución de Weimar de 1919.</p>
<p>-       Brahm, Enrique, <em><span style="text-decoration:underline;">“Peligros del Iusracionalismo”,, </span></em>Documento PDF Disponible en:<span style="text-decoration:underline;"> </span><a href="http://dialnet.unirioja.es/servlet/fichero_articulo?codigo=2649666">http://dialnet.unirioja.es/servlet/fichero_articulo?codigo=2649666</a></p>
<p>-       <a href="http://www.elergonomista.com/historia/nacion.htm">http://www.elergonomista.com/historia/nacion.htm</a><span style="text-decoration:underline;"> </span></p>
<p>-       Documento PDF <span style="text-decoration:underline;">“Kristallnacht”</span> Disponible en:</p>
<p><span style="text-decoration:underline;"> </span><a href="http://www.mchekc.org/PDFFiles/Coterie/Kristallnacht.pdf">http://www.mchekc.org/PDFFiles/Coterie/Kristallnacht.pdf</a></p>
<p>-       <a href="http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S071852002009000200012&amp;script=sci_arttext">http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S071852002009000200012&amp;script=sci_arttext</a></p>
<p>-     Archivo PPT.  <em><span style="text-decoration:underline;">“Nuremberg”</span></em> Disponible en: <cite><span style="text-decoration:underline;">web.mac.com/joseluisperez/barbaries/Programa&#8230;/nuremberg.ppt</span></cite></p>
<p>-       JIMENEZ, Daniel , <em><span style="text-decoration:underline;">Ideal de Justicia </span></em>, Disponible en: <span style="text-decoration:underline;">http://www.carlosparma.com.ar/index.php?option=com_content&amp;view=article&amp;id=170:ideal-de-justicia-&amp;catid=47:filosofia-del-derecho&amp;Itemid=27</span></p>
<hr size="1" /><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref1">[1]</a> ARTICULO 227, Tratado de Versalles 1919</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref2">[2]</a> KELSEN, Hans, <em><span style="text-decoration:underline;">¿Qué es la justicia?</span></em> .Traducción de Leonor Calvera. Ediciones <em><span style="text-decoration:underline;">elaleph.com</span></em>, 2000. Archivo PDF p. 72.</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref3">[3]</a> La teoría de Paul Roubier establece que la elaboración del contenido de la regla positiva debe pasar por el estudio de los elementos o datos de la vida en sociedad y por la consideración del concepto de justica. Los datos de la vida social se representan en los factores económicos, políticos o sociales y religiosos o morales. Los factores económicos desempeñan un papel primordial por cuanto ellos prácticamente determinan la mayor parte de las relaciones interpersonales.</p>
<p>Sin embargo esos datos de la vida en sociedad no proporcionan más que ¨un conjunto de instituciones y prácticas, a las cuales debe imprimirse un carácter de justicia, para que tengan la autoridad de reglas del derecho&#8230;¨</p>
<p>(Consultado el 22/04/2010 Disponible en: <span style="text-decoration:underline;">http://www.articulo.org/articulo/2152/derecho_positivo_y_derecho_natural.html)</span><span style="text-decoration:underline;"> </span></p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref4">[4]</a> Ibídem.</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref5">[5]</a> Texto original &#8220;The wrongs which we seek to condemn and  punish have been so calculated, so malignant, and so devastating, that civilization cannot tolerate their being ignored, because it cannot survive their being repeated&#8230;&#8221; .Declaración de Robert H. Jackson,l Juicio de Núremberg, Noviembre 21, 1945 Referencia filmográfica tomada el 22/04/2010 Disponible en: <span style="text-decoration:underline;">http://www.youtube.com/watch?v=L50OZSeDXeA</span></p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref6">[6]</a> Consultado el  22/04/2010 Disponible en: <span style="text-decoration:underline;">http://www.articulo.org/articulo/2152/derecho_positivo_y_derecho_natural.html</span></p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref7">[7]</a> Artículo 53 de la Constitución de Weimar, Disponible en: (<a href="http://www.der.uva.es/constitucional/verdugo/Constitucion_Weimar.pdf">http://www.der.uva.es/constitucional/verdugo/Constitucion_Weimar.pdf</a>)</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref8">[8]</a> Artículo 76 Ibídem.</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref9">[9]</a> Brahm, Enrique, “<em><span style="text-decoration:underline;">Peligros del Iusracionalismo”,</span></em> consultado el 21/042010, Documento PDF pág. 4   Disponible en: <a href="http://dialnet.unirioja.es/servlet/fichero_articulo?codigo=2649666">http://dialnet.unirioja.es/servlet/fichero_articulo?codigo=2649666</a> ,</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref10">[10]</a> Ibídem Documento PDF pág. 5</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref11">[11]</a> Ibídem</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref12">[12]</a> Consultado el 22/04/2010 , Disponible en:</p>
<p><a href="http://www.elergonomista.com/historia/nacion.htm">http://www.elergonomista.com/historia/nacion.htm</a></p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref13">[13]</a> Ibídem</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref14">[14]</a> Documento PDF “ Kristallnacht” Consultado el 22/04/2010 Disponible en:</p>
<p><span style="text-decoration:underline;">http://www.mchekc.org/PDFFiles/Coterie/Kristallnacht.pdf</span></p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref15">[15]</a> Teoría que agrupa las diferentes concepciones del derecho, a partir del positivismo, el naturalismo y la concepción de vigencia de las normas.</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref16">[16]</a> Consultado el  22/04/2010 Disponible en:</p>
<p><span style="text-decoration:underline;">http://www.articulo.org/articulo/2152/derecho_positivo_y_derecho_natural.html</span></p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref17">[17]</a> Ibídem</p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref18">[18]</a> Consultado el : 22/04/2010 Disponible en:</p>
<p><span style="text-decoration:underline;">http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-52002009000200012&amp;script=sci_arttext</span></p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref19">[19]</a> Archivo PPT.  <em><span style="text-decoration:underline;">“Nuremberg” </span></em>Diapositiva # 37 , Consultado el 22/04/2010 Disponible en: <cite><span style="text-decoration:underline;">web.mac.com/joseluisperez/barbaries/Programa&#8230;/nuremberg.ppt </span></cite></p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref20">[20]</a> JIMENEZ, Daniel , <em><span style="text-decoration:underline;">Ideal de Justicia </span></em>, Consultado el 22/04/2010 Disponible en:</p>
<p><span style="text-decoration:underline;">http://www.carlosparma.com.ar/index.php?option=com_content&amp;view=article&amp;id=170:ideal-de-justicia-&amp;catid=47:filosofia-del-derecho&amp;Itemid=27</span></p>
<p><a href="/intro%20al%20derecho/IDEAL%20DE%20JUSTICIA/ENSAYO%20SOBRE%20EL%20IDEAL%20DE%20JUSTICA-ANDRES%20FELIPE%20BARRERA.docx#_ftnref21">[21]</a> Archivo PPT.  <em><span style="text-decoration:underline;">“Nuremberg” </span></em>Diapositiva # 38 y siguientes , Consultado el 22/04/2010 Disponible en: <cite><span style="text-decoration:underline;">web.mac.com/joseluisperez/barbaries/Programa&#8230;/nuremberg.ppt</span></cite></p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/andresbarrera.wordpress.com/43/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/andresbarrera.wordpress.com/43/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/andresbarrera.wordpress.com/43/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/andresbarrera.wordpress.com/43/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/andresbarrera.wordpress.com/43/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/andresbarrera.wordpress.com/43/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/andresbarrera.wordpress.com/43/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/andresbarrera.wordpress.com/43/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/andresbarrera.wordpress.com/43/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/andresbarrera.wordpress.com/43/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/andresbarrera.wordpress.com/43/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/andresbarrera.wordpress.com/43/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/andresbarrera.wordpress.com/43/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/andresbarrera.wordpress.com/43/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=andresbarrera.wordpress.com&amp;blog=12628491&amp;post=43&amp;subd=andresbarrera&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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		<pubDate>Wed, 14 Apr 2010 13:04:45 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Andres Felipe Barrera Carrillo</dc:creator>
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